SALA DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DE CALDAS

La Constitución de 1991 creó la jurisdicción disciplinaria, cuya cabeza es la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, al mismo nivel jerárquico de las demás -ordinaria, constitucional y contencioso administrativa-. Sus decisiones en materia disciplinaria son verdaderas sentencias, no sujetas a posterior estudio y pronunciamiento de otra jurisdicción, salvo que se accione en tutela por haber incurrido en una vía de hecho.

La Sala Disciplinaria tiene a su cargo las tareas de administrar Justicia en materia disciplinaria respecto de los Funcionarios Judiciales y Abogados en ejercicio, dirimir conflictos de competencia que se planteen entre las distintas Jurisdicciones, tramitar tutelas, Habeas Corpus y cambios de radicación en Procesos de Abogados; se compromete con la eficacia de todos sus procesos, a satisfacer los requerimientos de los usuarios conforme a los términos establecidos en la Ley y garantizando el mejoramiento continuo del "Sistema de Gestión de la Calidad".

OBJETIVOS DE CALIDAD

  • Cumplir los términos procesales establecidos por la Ley en las actuaciones surgidas en el desarrollo de la actividad Judicial de la Sala.
  • Brindar atención e información a los usuarios.
  • Mejorar continuamente el Sistema de Gestión de la Calidad