PUBLICACIÓN DE ESTADO
ART 295 C.G.P.
ESTADOS ELECTRÓNICOS
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
---|---|---|
18/01/2023 | ||
002 | 25/01/2023 | AUTOS |
003 | 01/02/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de TYBA.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
---|---|---|
08/02/2023 | ||
005 | 15/02/2023 | AUTOS |
006 | 16/02/2023 | AUTOS |
007 | 22/02/2023 | AUTOS |
008 | 24/02/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de TYBA.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
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01/03/2023 | AUTOS | |
010 | 06/03/2023 | AUTOS |
011 | 08/03/2023 | AUTOS |
012 | 15/03/2023 | AUTOS |
013 | 23/03/2023 | AUTOS |
014 | 29/03/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de TYBA.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
---|---|---|
19/04/2023 | AUTOS | |
016 | 26/04/2023 | AUTOS |
017 | 28/04/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de TYBA.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
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018 | 04/05/2023 | AUTOS |
019 | 05/05/2023 | AUTOS |
020 | 10/05/2023 | AUTOS |
021 | 17/05/2023 | AUTOS |
022 | 25/05/2023 | AUTOS |
023 | 31/05/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de TYBA.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
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024 | 02/06/2023 | AUTOS |
025 | 07/06/2023 | AUTOS |
026 | 15/06/2023 | AUTOS |
027 | 22/06/2023 | AUTOS |
028 | 28/06/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de TYBA.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
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029 | 06/07/2023 | AUTOS |
030 | 14/07/2023 | (El auto es de fecha 05/07/2023, por dificultades tecnicas, se notifica mediante este Estado) |
031 | 18/07/2023 | (Los autos son de fecha 17/07/2023, por dificultades tecnicas de la plataforma, se notifica este Estado el 21/07/2023) |
032 | 26/07/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de TYBA.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
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033 | 03/08/2023 | AUTOS |
034 | 10/08/2023 | AUTOS |
035 | 16/08/2023 | AUTOS |
036 | 17/08/2023 | AUTOS |
037 | 24/08/2023 | AUTOS |
038 | 30/08/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de TYBA.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
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06/09/2023 | ||
040 | 26/09/2023 | AUTOS |
041 | 27/09/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de TYBA.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
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042 | 04/10/2023 | |
043 | 05/10/2023 | AUTOS (Los autos son de fecha 03/10/2023, por dificultades tecnicas de la plataforma, se notifica este Estado el 05/10/2023) |
044 | 11/10/2023 | AUTOS |
045 | 25/10/2023 | AUTOS |
046 | 31/10/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de TYBA.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
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047 | 08/11/2023 | AUTOS |
048 | 17/11/2023 | AUTOS (Por dificultades tecnicas de la plataforma SIUGJ los autos de fecha 09/11/2023, se notifican este Estado el 17/11/2023) |
049 | 20/11/2023 | AUTOS |
050 | 21/11/2023 | AUTOS |
051 | 22/11/2023 | AUTOS |
052 | 23/11/2023 | AUTOS (Por dificultades tecnicas de la plataforma SIUGJ un auto de fecha 21/11/2023, se notifica en este Estado de 23/11/2023) |
053 | 24/11/2023 | AUTOS |
054 | 30/11/2023 | AUTOS (Por dificultades tecnicas de la plataforma SIUGJ un auto de fecha 24/11/2023, se notifica en este Estado de 30/11/2023) |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de SIUGJ.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
ESTADO No. | FECHA | CONTENIDO |
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055 | 05/12/2023 | AUTOS |
056 | 07/12/2023 | AUTOS |
057 | 12/12/2023 | AUTOS |
058 | 19/12/2023 | AUTOS |
AVISO:
1. Los autos podrán ser revisados directamente en la plataforma de SIUGJ.
2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo del Decreto 806 de 2020, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.