Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano

Colombia desde el poder legislativo, definió un marco legal en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción, con disposiciones tendientes a prevenir los actos de corrupción, a reformar la articulación y coordinación de las entidades del Estado, promover la cultura de la legalidad e integridad y recuperar la confianza ciudadana y el respeto por lo público;
sin embargo, la corrupción continúa como un problema predominante con resultados insuficientes. Para ampliar información sobre el Plan Anticorrupción Y De Atención Al Ciudadano Para La Administración De Justicia 2024 -2025 (Descargar Aquí)

ACUERDO PCSJA24-12145: "Por medio del cual se adopta el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano para la Administración de Justicia 2024-2025" (Descargar Aquí)

ANEXO 2: Matriz De Riesgos (Descargar Aquí)

LEY DE TRANSPARENCIA: La Ley 1712 de 2014 en Colombia es la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública. Su objetivo principal es garantizar que todas las personas puedan conocer la información que manejan las entidades del Estado y aquellas privadas que cumplen funciones públicas. Desde el Consejo Seccional de la Judicatura de Risaralda damos cumplmiento a esta normativa teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

Principio de máxima publicidad: Toda la información en posesión de los sujetos obligados es pública, salvo las excepciones estrictas de reserva establecidas por la ley (como datos personales o seguridad nacional), por esa razón nuestros actos administrativos que no tienen información reservada son publicados de manera permanente en la sección de actos administrativos de este Micrositio Web.

Transparencia activa: Las entidades deben publicar su información de forma proactiva en sus sitios web (contratación, presupuestos, trámites, funciones) sin que nadie se los solicite. (Publicado en el Micrositio Web de la Dirección Seccional de Administración Judicial de Pereira).

Transparencia pasiva: Es la obligación de responder a las solicitudes de información ciudadanas de manera oportuna, gratuita y sin exigir que se justifiquen los motivos. (Respondemos de manera oportuna a todas las solicitudes que ingresan a nuestra corporación presencialmente o a través de nuestro canal oficial: secsaladris@cendoj.ramajudicial.gov.co).

Sujetos obligados: Aplica a ministerios, alcaldías, gobernaciones, partidos políticos, empresas públicas y cualquier particular que maneje recursos del Estado.