null Judicatura declaró la urgencia manifiesta para atender la emergencia tras sismo que afectó al país

 

 

Bogotá, D. C.,14 de agosto de 2026. (@Judicaturacsj). El Consejo Superior de la Judicatura declaró la urgencia manifiesta por un término de dos meses prorrogables para atender la situación excepcional derivada del sismo del 10 de agosto de 2026.

La decisión fue adoptada mediante el Acuerdo PCSJA26-12569 del 14 de agosto de 2026 y establece las medidas para atender las necesidades inmediatas mediante el suministro de bienes, la prestación de servicios y la ejecución de las obras requeridas.

En el acuerdo, el Consejo Superior de la Judicatura autorizó a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, en su condición de ordenadora del gasto, para contratar o delegar, durante el término de la urgencia manifiesta, la contratación directa de los bienes, servicios y obras estrictamente necesarias: “Entre ellos, reforzamiento estructural, obras de reparación y adecuación de sedes, arrendamiento de sedes alternas, restablecimiento y adquisición de infraestructura tecnológica y de conectividad, aseguramiento y traslado de expedientes y bienes, y medidas de seguridad para servidores judiciales, incluyendo contratación que supere los 2.000 salarios mínimos legales mensuales”.

La Corporación señaló que la contratación autorizada deberá tener una relación directa, inmediata y verificable con los hechos que dieron lugar a la declaratoria de urgencia manifiesta. “Toda contratación de obra celebrada en el marco de la urgencia manifiesta deberá estar precedida de los diagnósticos técnicos necesarios que justifiquen la necesidad de la contratación y la justificación de la relación entre la contratación y los hechos que dieron lugar a la declaratoria de emergencia”, resalta el Acuerdo.

También se autorizaron los traslados presupuestales internos que se requieran dentro del presupuesto de la Rama Judicial para atender las necesidades y gastos derivados de la urgencia manifiesta, previa expedición de los certificados de disponibilidad y registros presupuestales correspondientes, de conformidad con las normas presupuestales vigentes.

Finalmente, la Corporación advirtió que “el uso indebido de la contratación derivada de la urgencia manifiesta y la creación artificiosa de los hechos que conduzcan a su declaratoria, darán lugar a responsabilidades previstas en el ordenamiento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 80 de 1993, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias, fiscales, penales y administrativas a que haya lugar”.

Este es el cuarto Acuerdo que ha expedido el Consejo Superior de la Judicatura tras el terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto. Estas decisiones han tenido como propósito adoptar medidas orientadas a fortalecer la atención a las servidoras y los servidores judiciales, sus familias y la ciudadanía en general; avanzar en las reparaciones y adecuaciones de las sedes judiciales, y garantizar la continuidad del servicio público de administración de justicia.

Acuerdo PCSJA26-12569 del 14 de agosto de 2026